En la actualidad la gran mayoría de los contratos sobre compraventa de inmuebles cumplen con el trámite de dejar en custodia del notario dinero o documentos como Vales Vista o cheques y mediante los cuales el comprador paga el precio de la venta. 
Estos dineros o valores quedan bajo la custodia del notario con una carta de Instrucciones en la cual se señala que el ministro de fé procederá a entregarlos a su destinatario ( el vendedor o quien sus derechos represente) solo una vez que se le acredite que el dominio ha sido inscrito en favor del comprador y que la propiedad se encuentra libre de gravámenes y prohibiciones. 
La Carta de Instrucciones debe ser muy bien redactada pues no corresponde al notario interpretar el alcance que los otorgantes han querido darle. 
Otra característica es que debe ser suscrita por todas las partes de la escritura.